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Parte de los fueros aragoneses, sigue vigente, en lo concerniente a materia civil, teniendo especial importancia en cuestiones de Herencias y sucesiones patrimoniales. En Aragón se puede testar de forma desigual, gracias a textos legales de origen medieval. Una legislación que establece la mayoría de edad para determinadas cuestiones en los 14 años, y es compatible con la legislación española según lo establecido en la disposición adicional segunda de la actual Constitución Española.
Por otra parte el Pueblo Vasco ha visto restaurados sus fueros en la constitución de 1978, y la La Comunidad Foral de Navarra siempre los ha tenido vigentes. En 1978, con la promulgación de la nueva Constitución , Euskadi, vi o restaurados sus Fueros históricos, de los que hizo una adaptación. Por este motivo, tanto Euskadi como la Comunidad Foral de Navarra mantienen Haciendas Forales, mediante las cuales recaudan la totalidad de impuestos como el del IRPF o el de Sociedades, mientras se niega taxativamente al resto de las Comunidades Autónomas del Territorio español, alegándose constantemente que son competencias exclusivas del Estado.
Concretamente, en el caso de los fueros Vascos, la disposición Derogatoria de la Constitución en su apartado segundo, deroga expresamente, en lo que en aquel momento estuviera vigente y que afectara a las provincias de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, el Real Decreto de 25 de Octubre de 1839. Con lo cual quedaban automáticamente restaurados. La explicación jurídica que se da a esta disposición, es que la derogación de estos fueros se realizó como producto de una guerra. Mismo argumento puede aplicarse al caso de la derogación de los fueros aragoneses.
Si hubiera una gran mayoría social en Aragón, no sería difícil pues, desde un punto de vista legislativo, una modificación de la constitución española, como artículo derogatorio, en los siguientes términos:
"En tanto en cuanto pudiera conservar alguna vigencia, se consideran definitivamente derogados los Reales Decretos de 27 y 29 de Junio de 1707 en lo que pudiera afectar a la Comunidad Autónoma de Aragón".
Hay quien dirá que remontarse a hace tres siglos para pedir algo, es vivir en Atapuerca, sin embargo, muchos de los que hacen tal afirmación, no dudarán en reclamar el peñón de Gibraltar cedido a Gran Bretaña tras el tratado de Utrecht. Consecuencia histórica del tratado de Utrecht, fueron la aplicación efectiva de los Reales Decretos de Nueva Planta que abolieron nuestros fueros, ya que supuso el reconocimiento de Felipe V como rey de España por los países en conflicto, y por tanto las leyes que promulgó se hicieron totalmente efectivas.
Mientras hablamos de historia, muchas empresas que desarrollan actividades económicas en Aragón, mantienen sus sedes centrales en Navarra, y sus sedes sociales, tributando a la Hacienda Foral Navarra , y obteniendo ventajas fiscales. Gracias a sus fueros, Navarra y Euskadi, mantienen importantes ventajas competitivas respecto a Aragón en materia económica.